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domingo, 2 de octubre de 2011

Sobre la autonomia de la Universidad Catolica

Sostienen que PUCP no es autónoma de la Iglesia Católica

Ex ministros de Educación sostienen que la Católica tiene un estatus diferente.

Dos palabras muy usadas por las autoridades de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) para defender su decisión de no acatar las correcciones enviadas a sus estatutos por la Congregación para la Educación Católica son autonomía universitaria.

Este concepto, que encuentra su base legal en la Ley Universitaria, tiene como objetivo, según explicó ayer en el diario "La República" la ministra de Educación, Patricia Salas, "evitar que lo que pase dentro de las casas de estudios superiores respondan a un solo tipo de conocimiento, ideología o que un determinado régimen gubernamental imponga algún tipo de estilo de enseñanza".

La pregunta es: ¿Esta autonomía es solo respecto del Estado o también lo es de la Iglesia?

Al respecto, el ex ministro de Educación Grover Pango sostuvo a El Comercioque si bien la autonomía universitaria "ha ido convirtiéndose en una especie de vicio porque no hay una entidad que regule las decisiones", la denominación de la PUCP no le permite usarla absolutamente.

"Tiene una relación con el papado y hay una obligatoriedad que la hace diferente de todas las universidades. Eso pone determinados marcos, límites que hacen que la Universidad Católica no pueda hacer lo que otras", dijo.

Al ser consultado por este Diario respecto a la carencia de una línea específica en la Ley Universitaria que señale que las universidades católicas se deben a la Iglesia, Grover Pango explicó que "la ley es general".

Agregó que son los convenios entre estados, que en este caso sería el que tiene el Perú con el Vaticano, los que dan complementariedad a la Ley. "Una ley general u orgánica es algo suficientemente genérico como para que alcance a todas las universidades privadas, pero hay naturalezas singulares, por su origen, por su funcionamiento", señaló.

En ese sentido, Mercedes Cabanillas, también ex ministra de Educación, coincidió con Pango.

"No se puede legislar por nombre propio, sino por la naturaleza de las cosas", indicó.

La ex congresista agregó que la invocación a este concepto es "un pie forzado" porque el concepto estricto de autonomía es básicamente académico, económico y administrativo.

CLAVES

La Ley Universitaria y los estatutos
La Ley Universitaria implica los derechos de: Aprobar su estatuto y gobernarse de acuerdo a él. Organizar sistema académico, económico y administrativo. Administrar sus bienes y rentas.

El estatuto de la Universidad Católica del Norte, en Chile, da la facultad al Vaticano de ratificar el nombramiento del rector.

Publicado en el diario El Comercio, página A8
Lima, 28 de setiembre de 2011

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